Comarca, Urbanismo, Última hora Por redaccion • 27 Nov 2009

La Junta de Andalucía asumirá la redacción de 16 PGOU en la Axarquía


La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio asumirá la elaboración, redacción, dirección y financiación de los PGOU en 16 municipios de la comarca de la Axarquía malagueña que en estos momentos no cuentan con ningún instrumento de ordenación urbanística. Esta medida, que se desarrollará mediante las fórmulas recogidas en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), se toma con el objetivo prioritario de restablecer la seguridad jurídica en la zona y recuperar la credibilidad urbanística en la comarca en beneficio del interés general.

Según ha explicado hoy en Málaga el consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Espadas, la ausencia de cualquier herramienta de planeamiento urbanístico tiene incidencia directa sobre los intereses generales de la población ya que no hay instrumento alguno para atender cuestiones fundamentales como la dotación de sistemas generales y equipamientos adecuados, la existencia de reservas para vivienda protegida, la recuperación para la comunidad de las plusvalías generadas por la actividad urbanística, la carencia de normas sustantivas aplicables al suelo no urbanizable o el adecuado tratamiento urbanístico del núcleo urbano.

La ausencia de planeamiento en estos 16 municipios coincide, además, con una difícil situación de disciplina urbanística, lo que ha derivado en un alto índice de litigiosidad respecto a otros territorios andaluces. “Estamos ante una situación excepcional que requiere de una actuación excepcional”, ha afirmado el consejero.

En consecuencia, la Junta asumirá la formulación de los Planes Generales, el control del proceso de elaboración y el coste económico derivado de ello con la fórmula de la vía de la colaboración interadministrativa mediante la firma de un convenio entre las distintas Administraciones implicadas, posibilidad que queda recogida en los artículos 4,30.1 y 92.2 de la Ley urbanística andaluza. En caso contrario, se actuará en virtud del artículo 31.2 a), un supuesto que queda reservado para aquellas localidades que carezcan de PGOU o que éste se encuentre desfasado, dos circunstancias que concurren en los municipios afectados.

Para llevar a cabo el proceso, la Consejería de Vivienda contratará para cada uno de los municipios un equipo redactor, que se encargará de elaborar unos planes de mínimos que en ningún caso serán un instrumento de legalización o regularización de ilegalidades. De esa forma, estos documentos plantearán un crecimiento cero en suelo urbanizable, permitiéndose únicamente el desarrollo vinculado al suelo urbano no consolidado.

Este planteamiento no sería obstáculo para que el municipio pudiese dotarse de terrenos reservados para la construcción de viviendas protegidas; estableciese reservas adecuadas para los sistemas generales de espacios libres y equipamientos necesarios; contase con un adecua-do tratamiento del núcleo urbano, aportase normas sustantivas del suelo no urbanizable, con identificación en su caso de espacios de especial protección sujetos a mayores restricciones de usos; recogiese de forma adecuada las vinculaciones y normas derivadas de otras normas sectoriales y dispusiere de técnicas en virtud de las cuales la colectividad pudiera participar de las plusvalías urbanísticas, entre otras cuestiones fundamentales para la salvaguarda del interés gene-ral.

En cualquier caso, los planes generales permitirán que cada municipio pueda dotarse de terrenos reservados para la construcción de viviendas protegidas, de sistemas generales, de espacios libres y de equipamientos necesarios. Asimismo, y dado que se plantearán planes generales de crecimiento cero en suelo urbanizable, se establecerán los cauces de colaboración entre las distintas Consejerías de la Junta con competencias sectoriales para que sus informes fueran modulados a la realidad de la ordenación propuesta. Los crecimientos urbanísticos de mayor calado podrán recogerse con posterioridad mediante las opor-tunas innovaciones y siguiendo siempre los cauces establecidos en la LOUA.

 Los municipios que, inicialmente, se podrían acoger al plan son Alfarnate, Almachar, Archez, Benamargosa, El Borge, Canillas de Albaida, Cómpeta, Cútar, Macharaviaya, Salares, Sedella, Arenas, Canilla de Aceituno, Comares, Iznate y Moclinejo, si bien se analizará el caso concreto de algún municipio que al parecer ha iniciado el proceso de aprobación de su planeamiento urbanístico. El consejero ha expuesto este plan de acción a los portavoces y representantes de los distintos grupos políticos en la Mancomunidad de Municipios de la Axarquía.

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